CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Título VI 1 IADECA · Emilio Calzadilla Nº25 · 38002 · Santa Cruz de Tenerife · 922 27 80 07 · www.oposiciones.com · TITULO VI - Del Poder Judicial Artículo 117 Independencia 1. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del...
More
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Título VI 1 IADECA · Emilio Calzadilla Nº25 · 38002 · Santa Cruz de Tenerife · 922 27 80 07 · www.oposiciones.com · TITULO VI - Del Poder Judicial Artículo 117 Independencia 1. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes de la justicia del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley. Inamovilidad 2. Los Jueces y Magistrados no podrán ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados, sino por de los Jueces y alguna de las causas y con las garantías previstas en la ley. Magistrados 3. El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan. 4. Los Juzgados y Tribunales no ejercerán más funciones que las señaladas en el apartado anterior y las
Less