JUBILACIONES: CÓMPUTO RECÍPROCO DE COTIZACIONES DE CLASES PASIVAS Y OTROS REGÍMENES. De manera general, cuando se inicia el procedimiento de solicitud de jubilación por el Régimen de Clases Pasivas y se tenga que utilizar periodos cotizados en el Régimen...
More
JUBILACIONES: CÓMPUTO RECÍPROCO DE COTIZACIONES DE CLASES PASIVAS Y OTROS REGÍMENES. De manera general, cuando se inicia el procedimiento de solicitud de jubilación por el Régimen de Clases Pasivas y se tenga que utilizar periodos cotizados en el Régimen General de la Seguridad Social para acceder a su pensión de su jubilación o para mejorarla, tiene que solicitar en Clases Pasivas que se le aplique el Real Decreto 691/1991, de 12 de abril, sobre cómputo recíproco entre regímenes de Seguridad Social. En este sentido, en los casos de pensiones de jubilación o retiro, incapacidad permanente o muerte y supervivencia, cuando el causante tenga acreditados, sucesiva o alternativamente, periodos de cotización en más de un régimen (en el Régimen de clases pasivas del Estado y, además, en el régimen general o Regímenes especiales del sistema de la Seguridad Social o sustitutorios de aquellos), podrá computar recíprocamente las cotizaciones a los efectos de determinar el derecho y la cuantía de
Less