En el régimen legal ecuatoriano, los llamados documentos o medios electrónicos han
sido abordados muy escuetamente, lo que amerita una respuesta legislativa frente a la realidad
actual y ante la necesidad de blindar legalmente la comunicación electrónica...
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En el régimen legal ecuatoriano, los llamados documentos o medios electrónicos han
sido abordados muy escuetamente, lo que amerita una respuesta legislativa frente a la realidad
actual y ante la necesidad de blindar legalmente la comunicación electrónica por medio de
internet. En el día a día, las comunicaciones, los contratos y los negocios se hacen a través del
internet; las prácticas terminan siendo más virtuales y menos presenciales; en ocasiones los
hechos que dieron origen a una controversia no están plasmados en nada tangible, sino en
mensajes de datos o documentos electrónicos; no se tiene un soporte de papel, todo lo que
genera inquietudes de cara al proceso. Una de estas cuestiones, se centra en determinar si tal
información puede ser aportada en un proceso, surgen entonces las interrogantes: ¿Bajo qué
forma? ¿Es posible asimilarla a un documento y como tal aplicarle la normatividad vigente?
¿Existe regulación especial? ¿Cómo pueden hacerse valer en un proceso? ¿Cóm
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