DECRETO N° 57 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que de conformidad al artículo 102 de la Constitución de la República, el Estado está en la obligación de fomentar y proteger la iniciativa privada, generando las...
More
DECRETO N° 57 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que de conformidad al artículo 102 de la Constitución de la República, el Estado está en la obligación de fomentar y proteger la iniciativa privada, generando las condiciones necesarias para acrecentar la riqueza nacional en beneficio del mayor número de habitantes. II. Que bajo el Decreto Legislativo n.° 201, del 30 de noviembre del año 2000, publicado en el Diario Oficial n.° 241, Tomo 349, de fecha 22 de diciembre de 2000, se adoptó el dólar de los Estados Unidos de América como moneda de curso legal. III. Que aproximadamente el setenta por ciento de la población no cuenta con acceso a servicios financieros tradicionales. IV. Que es obligación del Estado facilitar la inclusión financiera de sus ciudadanos con el fin de garantizar en mejor manera sus derechos. V. Que con el objetivo de impulsar el crecimiento económico del país, se hace necesario autorizar la circulación de una moneda digital cuyo
Less