ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2025-00015-A SRA. DRA. ALEGRIA DE LOURDES CRESPO CORDOVEZ MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador dispone: “Son deberes primordiales del Estado: […] 1....
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ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2025-00015-A SRA. DRA. ALEGRIA DE LOURDES CRESPO CORDOVEZ MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador dispone: “Son deberes primordiales del Estado: […] 1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes […]”; Que, el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador dictamina: “La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo […]”; Que, el a
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