Diario Oficial 43.370 (junio 05) por la cual se dictan normas para la protección de personas con discapacidad mental y se establece el régimen de la representación legal de incapaces emancipados. DECRETA: Capítulo I Consideraciones Preliminares 1º. Objeto...
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Diario Oficial 43.370 (junio 05) por la cual se dictan normas para la protección de personas con discapacidad mental y se establece el régimen de la representación legal de incapaces emancipados. DECRETA: Capítulo I Consideraciones Preliminares 1º. Objeto de la presente Ley: La presente Ley tiene por objeto la protección e inclusión social de toda persona natural con discapacidad mental o que adopte conductas que la inhabiliten para su normal desempeño en la sociedad. La protección de la persona con discapacidad mental y de sus de- rechos fundamentales será la directriz de interpretación y aplica- ción de estas normas. El ejercicio de las guardas y consejerías y de los sistemas de administración patrimonial, tendrán como objetivo principal la rehabilitación y el bienestar del afectado. 2°. Los sujetos con discapacidad mental: Una persona natural tiene discapacidad mental cuando padece limitaciones psíquicas o de comportamiento, que no le permite comprender el alcance de sus actos o asu
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