DECRETO N.° 190 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que de conformidad al artículo 101 inciso 2º de la Constitución, es deber del Estado promover el desarrollo económico y social mediante el incremento de la producción,...
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DECRETO N.° 190 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que de conformidad al artículo 101 inciso 2º de la Constitución, es deber del Estado promover el desarrollo económico y social mediante el incremento de la producción, la productividad y la racional utilización de los recursos. II. Que según lo establecido en el artículo 102 inciso 2º de la Constitución, es deber del Estado fomentar y proteger la iniciativa privada, dentro de las condiciones necesarias para aumentar la riqueza nacional y asegurar los beneficios de ésta al mayor número de habitantes del país. III. Que con el objeto de garantizar a los ciudadanos la prestación de servicios esenciales a la comunidad, es necesario el establecimiento de disposiciones legales que permitan al Estado, de conformidad con el marco constitucional vigente, la obtención de dichos servicios, en las mejores condiciones. IV. Que de conformidad al artículo 225 de la Constitución, cuando la ley lo autorice, el Estad
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