ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 1 ____________________________________________________________________ DECRETO No. 775 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I Que el Art. 1 de la Constitución reconoce a la...
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ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR 1 ____________________________________________________________________ DECRETO No. 775 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I Que el Art. 1 de la Constitución reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado y que es obligación de éste, entre otras, asegurar a sus habitantes el goce de la salud; II. Que el Art. 65 de la Constitución establece que la salud constituye un bien público y que el Estado y las personas están obligados a velar por su conservación y restablecimiento. Así mismo el Estado a través del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, determina la Política Nacional de Salud. III. Que en el Lineamiento III de la Propuesta de Reforma Integral de Salud, relacionada con la consolidación de un modelo de provisión mixto que se oriente a aumentar la cobertura con equidad y calidad, racionalizando el uso de los recursos del sector salud, se recomienda la consolid
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