1 DECRETO N.° 978 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que el artículo 131 ordinal 6º de la Constitución establece que es facultad de este Órgano de Gobierno, decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar las...
More
1 DECRETO N.° 978 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que el artículo 131 ordinal 6º de la Constitución establece que es facultad de este Órgano de Gobierno, decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar las leyes secundarias. II. Que el artículo 202 de la Constitución establece que “Para el Gobierno Local, los departamentos se dividen en Municipios, que estarán regidos por Concejos formados de un Alcalde, un Síndico y dos o más Regidores cuyo número será proporcional a la población.” III. Que en virtud de lo preceptuado en el considerando anterior, el legislador ha regulado en la norma secundaria lo relativo a la cantidad de departamentos y el número de municipios que conforman el territorio nacional. En este orden, actualmente se cuenta con, la Ley Única del Régimen Político, el Código Municipal y la recientemente aprobada Ley Especial para la Reestructuración Municipal, todas las cuales se encuentran vigentes. IV. Que en relación a dis
Less