LEY ORGANICA DE LA POLICIA NACIONAL CIVIL. DECRETO Nº 269. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.-Que de conformidad al artículo 159 inciso segundo de la Constitución de la República, "La Defensa Nacional y la Seguridad...
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LEY ORGANICA DE LA POLICIA NACIONAL CIVIL. DECRETO Nº 269. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.-Que de conformidad al artículo 159 inciso segundo de la Constitución de la República, "La Defensa Nacional y la Seguridad Pública estarán adscritas a Ministerios diferentes". La Seguridad Pública estará a cargo de la Policía Nacional Civil, que será un cuerpo profesional independiente de la Fuerza Armada y ajeno a toda actividad partidista"; II.-Que según el artículo 168 ordinal 17º de la Constitución corresponde al Presidente de la República: "Organizar, conducir y mantener la Policía Nacional Civil, para el resguardo de la paz, la tranquilidad, el orden y la seguridad pública, tanto en el ámbito urbano como en el rural, con estricto apego al respeto a los derechos humanos y bajo la dirección de autoridades civiles"; III.-Que la Policía Nacional Civil debe regirse por una Ley Orgánica que la regule institucionalmente; POR TANTO, en uso de sus facultades c
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