ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2023-00010-A SRA. MGS. MARÍA BROWN PÉREZ MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que el artículo 26 de la Constitución de la República prevé: “[…] La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber...
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ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2023-00010-A SRA. MGS. MARÍA BROWN PÉREZ MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que el artículo 26 de la Constitución de la República prevé: “[…] La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo […]”; Que el artículo 27 de la Carta Magna proclama: “[…] La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el se
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