C.A. de Santiago Santiago, cinco de enero de dos mil veintitrés. Al escrito folio Nº 8: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece don Felipe Riesco Eyzaguirre, abogado, en...
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C.A. de Santiago Santiago, cinco de enero de dos mil veintitrés. Al escrito folio Nº 8: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece don Felipe Riesco Eyzaguirre, abogado, en representación de la demandante y recurrente Chile Rural Asociación Gremial, quien interpone falso recurso de hecho en contra de la resolución de 2 de diciembre de 2022, del Séptimo Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol C-11.409-2022, que concedió el recurso de apelación directo deducido por la demandada en contra de la decisión 21 de noviembre del mismo año, que acogió como medida precautoria la suspensión de los efectos de los actos administrativos impugnados, esto es, el Ordinario Nº 637 de 12 de julio de 2022, suscrito por el Ministro de Agricultura, Subsecretario de Agricultura y Director Nacional (S) del Servicio Agrícola y Ganadero y Ordinario Nº 475 de 18 de julio de 2022, emitido por la Dirección Nacional del Servicio Agrícola Ganader
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