EL CHEQUE Es un título de crédito que contiene una orden de pago labrada contra un banquero, quien tiene fondos en poder de este, de los cuales tiene derecho a disponer por medio de los cheques; En Guatemala para la obtención de cheques, primero se debe...
More
EL CHEQUE Es un título de crédito que contiene una orden de pago labrada contra un banquero, quien tiene fondos en poder de este, de los cuales tiene derecho a disponer por medio de los cheques; En Guatemala para la obtención de cheques, primero se debe realizar un contrato con la institución bancaria, sobre apertura de cuenta de cheques o bien cuenta corriente. El banco imprime los talonarios de cheques. Una de las características es que cheque girado, se cargara a la cuenta del librador, es decir, se deberá tener cuenta y fondos suficientes para realizar el pago. El cheque puede ser sujeto de protesto, y endoso. Lo relativo al cheque se encuentra regulado en el código de comercio de Guatemala en sus artículos 494 al 543. MODALIDAD PARA LIBRARSE: A la orden: Se libra a determinada persona. Al portador: Se libra únicamente haciendo la anotación “al portador” PLAZO PARA PRESENTARSE: 15 dias, según el artículo 502 decreto 2-70 de Guatemala. 6 meses, sino ha sido revocado y si posee saldo
Less