Con el propósito de garantizar principios y derechos fundamentales del Estado social de derecho, como lo son la dignidad humana y el trabajo, el presente artículo abordará los conceptos de acoso sexual desde el ámbito jurídico penal y de acoso laboral, a...
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Con el propósito de garantizar principios y derechos fundamentales del Estado social de derecho, como lo son la dignidad humana y el trabajo, el presente artículo abordará los conceptos de acoso sexual desde el ámbito jurídico penal y de acoso laboral, a partir de definiciones legales del código penal, la ley 1010 de 2006, entre otras; jurisprudencias y/o pronunciamientos de la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia, incluyendo un análisis de los conceptos fijados por la Organización Internacional del Trabajo, con la finalidad de determinar si existe una relación entre las figuras de acoso sexual y acoso laboral, para, así, establecer la posibilidad de que el primero, al desarrollarse o presentarse durante vigencia de una relación contractual, o en virtud de esta, pueda generar no sólo consecuencias jurídicas en el plano penal, como lo son aquellas estipuladas en el artículo 210A del Código Penal, sino que, a su vez, al permear el ámbito laboral, tenga consecuencias deriva
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