LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR. DECRETO Nº 138. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.-Que es obligación y finalidad primordial del Estado la conservación, fomento y difusión de la cultura; y que, para el...
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LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR. DECRETO Nº 138. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.-Que es obligación y finalidad primordial del Estado la conservación, fomento y difusión de la cultura; y que, para el mejor cumplimiento de este objetivo en cuanto a la educación superior se refiere, se ha confiado a la Universidad de El Salvador la prestación de dicho servicio, para que, como corporación de derecho público, asuma las atribuciones y deberes necesarios, encaminados a la consecución de tal propósito; II.-Que la Universidad está obligada a prestar un servicio social, persiguiendo la elevación espiritual del hombre salvadoreño, la difusión de la enseñanza superior y la investigación científica; y que, por la complejidad, especialidad e importancia de tales objetivos, el Constituyente dotó a dicha corporación de autonomía, a fin de que, dentro del orden jurídico nacional, goce de amplia libertad para desarrollar actividades, impartir sus en
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