El presente registro en su versión original contiene datos personales, información reservada y elementos de carácter confidencial. En este contexto, es oportuno proteger la esfera privada de sus titulares. En tal sentido, conforme a lo establecido al...
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El presente registro en su versión original contiene datos personales, información reservada y elementos de carácter confidencial. En este contexto, es oportuno proteger la esfera privada de sus titulares. En tal sentido, conforme a lo establecido al artículo 30 de la LAIP, se extiende la 00000114 siguiente versión pública. 143-A-22 TRIBUNAL DE ÉTICA GUBERNAMENTAL: San Salvador, a las diez horas del día cuatro dev' diciembre de dos mil veintitrés. Mediante resolución de f. l 00 se concedió a la investigada, señora Yesenia Yami leth Cornejo de Sánchez, el plazo de diez días hábiles para que presentara las alegaciones que estimara pertinentes respecto de la prueba que obra en el expediente; sin embargo, no hizo uso de su derecho. Considerandos: l. Relación de los hechos Objeto del caso El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra la señora Yesenia Yamileth Cornejo de Sánchez, Síndico Municipal de Santa Cruz Michapa, departamento de Cuscatlán, a quien se atribuye
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