La presente resolución en su versión original contiene datos personales y elementos de carácter confidencial. En ese contexto es oportuno proteger la esfera privada de sus titulares. En tal sentido, conforme al criterio de la 21-20-RA-SCA del 16/11/2020 y...
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La presente resolución en su versión original contiene datos personales y elementos de carácter confidencial. En ese contexto es oportuno proteger la esfera privada de sus titulares. En tal sentido, conforme al criterio de la 21-20-RA-SCA del 16/11/2020 y lo establecido en el artículo 30 de la LAIP, se extiende la versión pública. 28-D-22 TRIBUNAL DE ÉTICA GUBERNAMENTAL: San Salvador, a las trece horas del día dieciocho de julio de dos mil veintitrés. Mediante resolución de fecha veintinueve de junio del corriente año (f. 76), se concedió al investigado, señor Jairo Daniel Cháve.1. Mata, el plazo de diez días hábiles para que presentara las alegaciones que estimara pertinentes respecto de la prueba que obra en el expediente; sin embargo, el referido plazo venció sin que se haya apersonado a ejercer su correspondiente derecho. Considerandos: l. Relación de los hechos O/Jielo del caso El presente procedimiento se tramita contra el señor .Jairo Daniel Chñvez Mata, ex Gerente Legal interin
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