ACUERDO SOBRE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE – ATIT El ATIT fue suscrito en setiembre de 1990 en el marco del Tratado de Montevideo 1980 y sirve de marco jurídico para la prestación de servicios de transporte terrestre en 7 países miembros de la...
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ACUERDO SOBRE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE – ATIT El ATIT fue suscrito en setiembre de 1990 en el marco del Tratado de Montevideo 1980 y sirve de marco jurídico para la prestación de servicios de transporte terrestre en 7 países miembros de la Asociación (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay), siendo que a la fecha algunos otros países miembros han manifestado estar evaluando su incorporación a dicho Acuerdo. La Secretaría General de la ALADI desempeña el rol de Secretaría Técnica de la Comisión Administradora (Comisión del Artículo 16) del ATIT, apoyando a los países miembros que participan de dicho Acuerdo en la definición de políticas y medidas para continuar perfeccionando su marco normativo. Instituye una norma jurídica respecto a los aspectos administrativos del transporte carretero, común para la subregión, en la que se reflejan los principios generales y esenciales para desarrollar un servicio de transporte internacional, en una estructura conformad
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