Articulo 102 de la constitución política de la república de Guatemala En este articulo nos habla sobre los derechos mínimos dentro del ámbito laboral con el fin de garantizar seguridad, prestaciones y beneficios a los trabajadores. El trabajo no solo es una...
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Articulo 102 de la constitución política de la república de Guatemala En este articulo nos habla sobre los derechos mínimos dentro del ámbito laboral con el fin de garantizar seguridad, prestaciones y beneficios a los trabajadores. El trabajo no solo es una necesidad es un derecho inalienable de la persona humana. El Estado de Guatemala se encuentra organizado política y jurídicamente para proteger a la persona y a la familia convirtiéndose en un garante de los derechos y garantías contempladas en la Constitución Política de la República. El derecho al Trabajo es una de las garantías fundamentales que deben ser respetadas, por lo que se han establecido una serie de preceptos legales destinados a la protección de los derechos sociales mínimos de los trabajadores. Pese a lo anterior actualmente existen marcadas violaciones a los derechos de los trabajadores, en donde el principal infractor es el propio Estado, como es el caso de los maestros y maestras contratados bajo el Renglón Cero Ve
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