Descansos Médicos Recuerda que tu descanso médico debes enviarlo al área de BIENESTAR SOCIAL de forma virtual (SÓLO POR CORREO ELECTRÓNICO) y en físico para Lima y Pronvincias. La entrega del descanso médico debe ser en un plazo no mayor a 24HORAS desde su...
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Descansos Médicos Recuerda que tu descanso médico debes enviarlo al área de BIENESTAR SOCIAL de forma virtual (SÓLO POR CORREO ELECTRÓNICO) y en físico para Lima y Pronvincias. La entrega del descanso médico debe ser en un plazo no mayor a 24HORAS desde su emisión (Ref. Art. 39 RIT). Los descansos médicos deben estar correctamente emitidos: Con información completa del colaborador, incluido el diagnóstico. Con fechas correctas de emisión, inicio y término. Con firma y sello legible del médico tratante, con número de colegiatura y especialidad vigente. Solo se aceptarán descansos médicos emitidos por: ESSALUD: Certificado de incapacidad MINSA: Hospitales del Ministerio de Salud Clínicas particulares Médicos particulares: quienes deberán emitir el descanso médico en el formato de especie valorada del Colegio Médico del Perú. En caso de atenciones odontológicas, el descanso médico debe ser presentado en el formato de especie valorada del Colegio Odontológico del Perú. No se aceptarán los qu
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