CIUDADANO JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA SU DESPACHO.- Yo, RICARDO ANTONIO DELGADO VICTORA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad V-10.033.605, con...
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CIUDADANO JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA SU DESPACHO.- Yo, RICARDO ANTONIO DELGADO VICTORA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad V-10.033.605, con domicilio en la Av El Placer, sector el Paraíso, Conjunto residencial Capaupel, calle 2 casa VU-30, Cabudare, asistido en este acto por el abogado en ejercicio Francisco Mendoza, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 161.444, ocurro ante su competente autoridad para exponer: SOLICITO LA PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES CONYUGALES, lo cual hago en los términos siguientes: LOS HECHOS En fecha 21 de marzo de 1991, contraje matrimonio con la ciudadana Sol María Rodríguez Caicedo, venezolana, mayor de edad, divorciada y titular de la cédula de identidad V-15.004.900, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Iribarren del Estado Lara, que consta en Acta número 72 folio número
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