Comentario. Los almacenes generales de depósito son sociedades anónimas especiales, con personalidad jurídica propia, en las que se depositan, guardan, conservan y custodian mercaderías, productos y efectos. De procedencia nacional o extranjera, y que se...
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Comentario. Los almacenes generales de depósito son sociedades anónimas especiales, con personalidad jurídica propia, en las que se depositan, guardan, conservan y custodian mercaderías, productos y efectos. De procedencia nacional o extranjera, y que se encuentra facultada para emitir documentos de crédito, consistentes en certificado de depósito y en el bono de prenda, los cuales son transferibles mediante endoso y se destinan a acreditar el depósito de la mercadería y el préstamo garantizado con la mercadería depositada, respectivamente. El certificado de depósito es un título de crédito expedido por un Almacén General de Depósito, por el cual se hace constar fehacientemente la recepción de las mercaderías que en él se mencionan, y por el cual, el tenedor legítimo del documento, tiene el dominio y posesión de las mismas. El bono de prenda también se le conoce doctrinariamente como “Resguardo de Garantía” o “Warrant”. Consistente en un título de crédito, que se transmite a la orden,
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