DERECHO DICIPLINARIO LEY 1015 DE 2006 TITULO II AMBITO DE APLICACION. ARTÍCULO 22. AMBITO DE APLICACIÓN. La presente ley se aplicará a sus destinatarios cuando incurran en falta disciplinaria dentro o fuera del territorio nacional. ARTÍCULO 23....
More
DERECHO DICIPLINARIO LEY 1015 DE 2006 TITULO II AMBITO DE APLICACION. ARTÍCULO 22. AMBITO DE APLICACIÓN. La presente ley se aplicará a sus destinatarios cuando incurran en falta disciplinaria dentro o fuera del territorio nacional. ARTÍCULO 23. DESTINATARIOS. Son destinatarios de esta ley el personal uniformado escalafonado y los Auxiliares de Policía que estén prestando servicio militar en la Policía Nacional; aunque se encuentren retirados, siempre que la falta se haya cometido en servicio activo. PARÁGRAFO 1º. Al personal que desempeña cargos en la Justicia Penal Militar, tratándose de faltas relacionadas con el desempeño de las funciones jurisdiccionales propias del respectivo cargo, le serán aplicadas las normas disciplinarias de la Rama Jurisdiccional por la Procuraduría General de la Nación, salvo que se trate de conductas relacionadas con el ejercicio de la función policial, caso en el cual serán investigados por las autoridades disciplinarias que señala esta ley. PARÁGRAFO 2º.
Less