TRABAJO SOCIAL – INSTITUCIONES PENITENCIARIAS 1 Anexo TEMA 20 SEPTIEMBRE - 26 www.premir.es Anexo (Novedades acontecidas en el 2026) 1. Protección internacional (Interiorización del concepto), Comprende fundamentalmente: estatuto de refugiado, y protección...
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TRABAJO SOCIAL – INSTITUCIONES PENITENCIARIAS 1 Anexo TEMA 20 SEPTIEMBRE - 26 www.premir.es Anexo (Novedades acontecidas en el 2026) 1. Protección internacional (Interiorización del concepto), Comprende fundamentalmente: estatuto de refugiado, y protección subsidiaria. La persona solicita protección internacional, no necesariamente "refugio". Refugiado; Es quien reúne los requisitos de la Convención de Ginebra: existe un temor fundado a ser perseguido por motivos determinados —raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas— y no puede o no quiere acogerse a la protección de su país. Protección subsidiaria; Protege a quien, sin reunir los requisitos para ser refugiado, existen motivos fundados para considerar que, si regresase a su país, afrontaría un riesgo real de sufrir daños graves. Refugiado = persecución. Subsidiaria = riesgo de daño grave. Ambas = formas de protección internacional. 2. El PEMA es el Pacto Europeo de Migración y Asilo, u
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