1 OBLIGACIONES – PROHIBICIONES - SUSPENSIÓN Y TERMINACION DE CONTRATO Art. 57. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL EMPLEADOR. 1. Poner a disposición de los trabajadores, salvo estipulación en contrario, los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias...
More
1 OBLIGACIONES – PROHIBICIONES - SUSPENSIÓN Y TERMINACION DE CONTRATO Art. 57. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL EMPLEADOR. 1. Poner a disposición de los trabajadores, salvo estipulación en contrario, los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias para la realización de las labores. 2. Procurar a los trabajadores locales apropiados y elementos adecuados de protección contra los accidentes y enfermedades profesionales en forma que se garanticen razonablemente la seguridad y la salud. 3. Prestar inmediatamente los primeros auxilios en caso de accidente o de enfermedad. A este efecto en todo establecimiento, taller o fábrica que ocupe habitualmente más de diez (10) trabajadores, deberá mantenerse lo necesario, según reglamentación de las autoridades sanitarias. 4. Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos. 5. Guardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador, a sus creencias y sentimientos. 6. Conceder al trabajador las licencias n
Less