DESENGLOBE DE PREDIOS Al proceso de subdividir un predio en dos o más partes se le conoce con el nombre de desenglobe o mutación de segunda. El trámite se hace en las oficinas de Catastro Distrital, El desenglobe se presenta bajo dos circunstancias: para un...
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DESENGLOBE DE PREDIOS Al proceso de subdividir un predio en dos o más partes se le conoce con el nombre de desenglobe o mutación de segunda. El trámite se hace en las oficinas de Catastro Distrital, El desenglobe se presenta bajo dos circunstancias: para un desarrollo urbanístico o para un desarrollo de propiedad horizontal (edificios). Cuando el desenglobe es máximo de cuatro predios, los documentos requeridos son: la escritura pública registrada del lote que se va a desenglobar, los certificados de tradición del folio de matrícula del terreno matriz y predios que se van a desenglobar, vigentes y en original, y el plano de localización, cuando se trata de predios rurales. Para el desenglobe de propiedad horizontal, se debe llevar la escritura pública registrada de protocolización del reglamento, con la relación de las matrículas inmobiliarias originadas y los planos de la propiedad horizontal (planta y deslinde). Si el desenglobe es de proyectos urbanísticos, son necesarios los planos
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