En el trabajo típico, la regla es el contrato por tiempo indefinido, ya que se entiende que la
subsistencia del trabajador depende de la actividad que este realiza, en los casos de
trabajo atípico los contratos se celebran con un plazo de duración...
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En el trabajo típico, la regla es el contrato por tiempo indefinido, ya que se entiende que la
subsistencia del trabajador depende de la actividad que este realiza, en los casos de
trabajo atípico los contratos se celebran con un plazo de duración estipulado.
El hecho de que se comiencen a celebrar contratos por un tiempo determinado, responde
a un proceso de flexibilzación en el mercado laboral y esto se da como una forma por
parte de las empresas para evitar el pago de indemnizaciones.
Nuestra legislación prevee la existencia de este tipo de contratos desde hace mucho
tiempo atrás y eran permitidos en algunos casos, siempre fueron lícitos y provistos de una
muy escasa regulación.
Esta modalidad atípica de contratación se da muchas veces en trabajos que ameritan
contrataciones ocasionales (como por ejemplo la agricultura o las actividades
relacionadas al turismo), aunque veremos que la contratación ocasional no se da
únicamente en casos de trabajos por “zafra” o “temporada
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