REGLAMENTO FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL CÓDIGO: ULTIMA ACTUALIZACIÓN: Página 1 de 4 RI-GCD-007-V3 28 DE OCTUBRE DEL 2024 FONDO DE EMPLEADOS MÉDICOS DE COLOMBIA PROMEDICO La Junta Directiva del Fondo de Empleados Médicos de Colombia - PROMEDICO en uso de sus...
More
REGLAMENTO FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL CÓDIGO: ULTIMA ACTUALIZACIÓN: Página 1 de 4 RI-GCD-007-V3 28 DE OCTUBRE DEL 2024 FONDO DE EMPLEADOS MÉDICOS DE COLOMBIA PROMEDICO La Junta Directiva del Fondo de Empleados Médicos de Colombia - PROMEDICO en uso de sus atribuciones legales y Estatutarias y de conformidad con el estipulado en el artículo 61 numeral 2, artículo 49 y el artículo 8 del Estatuto, se permite adoptar el REGLAMENTO del FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL del Fondo de Empleados Médicos de Colombia - PROMEDICO. CONSIDERANDO Artículo 50 del Estatuto de PROMEDICO: “El Fondo de Protección Social está creado con el fin de prestar servicios y auxilios de índole social para la atención de calamidades graves de los asociados. La valoración de los eventos deberá ser estudiada y aprobada por la Junta Directiva del fondo.” RESUELVE Adoptar el Reglamento del FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL en los siguientes términos: CAPITULO I CONDICIONES GENERALES ARTICULO 1º. Cobertura: Las normas contenidas en el
Less