REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS MÉDICOS
DE EMPRESAS
(Acuerdo No. 1404)
EL MINISTRO DE TRABAJO Y BIENESTAR SOCIAL,
Considerando:
Que por la facultad concedida en el Decreto Supremo No. 2877, publicado en el
Registro Oficial No. 679, de 26...
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REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS MÉDICOS
DE EMPRESAS
(Acuerdo No. 1404)
EL MINISTRO DE TRABAJO Y BIENESTAR SOCIAL,
Considerando:
Que por la facultad concedida en el Decreto Supremo No. 2877, publicado en el
Registro Oficial No. 679, de 26 de septiembre de 1978, se hace indispensable
reglamentar el Art. 425 del Código del Trabajo reformado por dicho Decreto.
Que es necesario que los servicios médicos de empresa, orienten su actividad a la
prevención de los riesgos ocupacionales, en orden a la protección integral del
trabajador, así como de la productividad empresarial.
Que es imperativo adoptar la Recomendación 112 sobre los Servicios de Medicina del
Trabajo, promulgada por la Conferencia General de la Organización Interacional del
Trabajo, realizada en Ginebra el 3 de junio de 1959.
Que igualmente se hace indispensable completar el Reglamento a expedirse con las
disposiciones referentes a los Servicios Médicos de Empresas para que concuerde con el
Reglamento de Seguri
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