TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Ver Resolución del Min. Salud 604 de 1993, Ver Fallo del Tribunal
Administrativo de Cundinamarca 434 de 2010
Artículo 1º.- Ámbito de Aplicación. La salud es un bien de interés
público. En consecuencia las disposiciones...
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TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Ver Resolución del Min. Salud 604 de 1993, Ver Fallo del Tribunal
Administrativo de Cundinamarca 434 de 2010
Artículo 1º.- Ámbito de Aplicación. La salud es un bien de interés
público. En consecuencia las disposiciones contenidas en el presente
Decreto son de orden público, regulan todas las actividades que
puedan generar factores de riesgo por el consumo de alimentos, y se
aplicarán:
a. A todas las fábricas y establecimientos donde se procesan los
alimentos; los equipos y utensilios y el personal manipulador de
alimentos;
b. A todas las actividades de fabricación, procesamiento
preparación, envase, almacenamiento, transporte, distribución y
comercialización de alimentos en el territorio nacional;
c. A los alimentos y materias primas para alimentos que se
fabriquen, envasen, expendan, exporten o importen, para el
consumo humano;
d. A las actividades de vigilancia y controlo que ejerzan las
autoridades sanitarias sobre la fabricación,
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