EL CAMBIO DE DOMICILIO Y SUS EFECTOS EN EL IMPUESTO A LA RENTA Cristina Chang (*) I. INTRODUCCION La potestad de un Estado de poder gravar con el impuesto una determinada renta se encuentra sujeta a algún tipo de conexión o vinculación entre la renta...
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EL CAMBIO DE DOMICILIO Y SUS EFECTOS EN EL IMPUESTO A LA RENTA Cristina Chang (*) I. INTRODUCCION La potestad de un Estado de poder gravar con el impuesto una determinada renta se encuentra sujeta a algún tipo de conexión o vinculación entre la renta generada y el re- ferido Estado. Estos criterios de vinculación pueden ser subjetivos u objetivos. Son subjetivos cuan- do la renta se encuentra gravada con el impuesto en función a cualidades personales de quien recibe la renta, como sería la nacionalidad o el domicilio, tratándose de personas naturales, o el lugar de constitución o de sede efectiva, en el caso de compa- ñías. Por su parte, el criterio objetivo será aplicable cuando el Estado habilitado a gra- var la renta es aquél en el cual se encuentra ubicado el bien o actividad productora de la renta.1 El Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta Peruano (en adelante la LIR), recoge ambos criterios para determinar qué rentas se encuentran gravadas con el Impuesto a la Re
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