INFORME N.° 099-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta si los intereses legales moratorios que perciban los trabajadores independientes por el cumplimiento tardío del pago de sus retribuciones están afectos al Impuesto a la Renta de cuarta categoría. BASE...
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INFORME N.° 099-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta si los intereses legales moratorios que perciban los trabajadores independientes por el cumplimiento tardío del pago de sus retribuciones están afectos al Impuesto a la Renta de cuarta categoría. BASE LEGAL: - Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF (1) (en adelante, Ley del Impuesto a la Renta). - Código Civil, promulgado por el Decreto Legislativo N.° 295 (2). ANÁLISIS: 1. Conforme a lo dispuesto en los artículos 22° y 3 3° de la Ley del Impuesto a la Renta, son rentas de cuarta categoría las provenientes del trabajo independiente; específicamente, del: a) Ejercicio individual, de cualquier profesión, arte, ciencia, oficio o actividades no incluidas expresamente en la tercera categoría; y, b) Desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario, gestor de negocios, albacea y actividades similares, incluyendo el desempeño de las funciones del regidor mu
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