Cláusula Nro.
01
DEFINICIONES
a) ENTIDAD DE TRABAJO: Este término indica a la Entidad de Trabajo Coca-Cola
FEMSA de Venezuela S.
A.
, en su PLANTA VALENCIA Y DISTRIBUIDORA
VALENCIA; y cualquier otra sucursal que sea puesta en funcionamiento a futuro,...
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Cláusula Nro.
01
DEFINICIONES
a) ENTIDAD DE TRABAJO: Este término indica a la Entidad de Trabajo Coca-Cola
FEMSA de Venezuela S.
A.
, en su PLANTA VALENCIA Y DISTRIBUIDORA
VALENCIA; y cualquier otra sucursal que sea puesta en funcionamiento a futuro,
dentro de los límites del Estado Carabobo.
b) SINDICATO: Este Término indica al SINDICATO PROFESIONAL UNION DE
TRABAJADORES DE LAS ENTIDADES DE TRABAJO PROCESADORAS Y
DISTRIBUIDORAS DE REFRESCOS, MALTA, AGUA MINERAL, SIMILARES Y
CONEXOS DEL ESTADO CARABOBO (SUTEPDRMASC).
c) FEDERACIÓN: Este Término indica a la Federación a la cual está afiliado el
sindicato.
d) CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO: Este término se refiere a la
presente Convención colectiva de Trabajo, por la cual se rigen las relaciones y
se fijan las condiciones laborales entre la Entidad de Trabajo, la junta directiva
del Sindicato y los Trabajadores.
e) LOTTT: estas siglas se refieren al decreto número 8938, con rango, valor y
fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, las Tra
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