Art.
87 de la Ley Orgánica para la
Protección del Niño y el Adolescente
Derecho a la Justicia.
Dabielsy Yanez – Luis Velásquez – Kiara Villavicencio – Adriana Zamora
La Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente (LOPNA) es una norma...
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Art.
87 de la Ley Orgánica para la
Protección del Niño y el Adolescente
Derecho a la Justicia.
Dabielsy Yanez – Luis Velásquez – Kiara Villavicencio – Adriana Zamora
La Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente (LOPNA) es una norma
constitucional que tiene como finalidad garantizar que todos los niños y adolescentes dentro del
territorio nacional venezolano, disfruten pleno y efectivo de sus derechos y garantía que el Estado,
la familia y la sociedad deben brindarle desde el momento de su concepción.
Por lo tanto la LOPNA
es un instrumento jurídico que representa al niño como una persona en desarrollo, con derechos y
responsabilidades inherentes a todos los seres humanos otorgándoles protección integral tal y cual
como lo indica la Convención sobre los Derechos del Niño y principios de Derechos Humanos.
A continuación describiremos el Art.
87 de la LOPNA que expresa el Derecho a la Justicia que
presentan los niños y adolescentes de nuestro país.
¿Qué es la Justicia
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