FUNCIÓN JURISDICCIONAL SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD La Ley 1122 de 2007, en su artículo 41, establece la función Jurisdiccional, a petición de parte, con el fin de garantizar la efectiva prestación del derecho a la salud de los usuarios del Sistema...
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FUNCIÓN JURISDICCIONAL SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD La Ley 1122 de 2007, en su artículo 41, establece la función Jurisdiccional, a petición de parte, con el fin de garantizar la efectiva prestación del derecho a la salud de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social donde se pronuncia con Sentencia en los siguientes asuntos: 1. Cobertura de los procedimientos, actividades e intervenciones del plan obligatorio de salud cuando su negativa por parte de las entidades promotoras de salud o entidades que se les asimilen, ponga en riesgo o amenace la salud del usuario. 2. Reconocimiento económico de los gastos en que haya incurrido el afiliado por concepto de atención de urgencias en caso de ser atendido en una IPS que no tenga contrato con la respectiva EPS cuando haya sido autorizado expresamente por la EPS para una atención específica y en caso de incapacidad, imposibilidad, negativa injustificada o negligencia demostrada de la Entidad Promotora de Salud para cubrir las obl
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