NUEVO ESTATUTO ADUANERO
1
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.
Alcance.
El presente Decreto regula las relaciones jurídicas que se establecen
entre la Administración Aduanera y las personas naturales o jurídicas que intervienen en el
ingreso,...
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NUEVO ESTATUTO ADUANERO
1
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.
Alcance.
El presente Decreto regula las relaciones jurídicas que se establecen
entre la Administración Aduanera y las personas naturales o jurídicas que intervienen en el
ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías al y desde el territorio nacional.
La Administración Aduanera y las personas naturales o jurídicas mencionadas en el inciso
anterior, están sujetas a la Constitución, la Ley y demás normas que las complementen,
sustituyan o reglamenten.
En sus relaciones aplicarán las normas de interpretación de la ley y
los principios de jerarquía normativa.
Los conceptos emitidos por la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales serán considerados criterios auxiliares de interpretación.
Artículo 2.
Ámbito de aplicación.
El presente Decreto se aplica en la totalidad del territorio
aduanero nacional, sin perjuicio de las disposiciones especiales y las resultantes de acuerdos
o tratados internacional
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