La Ley 66-97
La Ley 66-97 obliga al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional a la asignación en el
Presupuesto Nacional
DEL OBJETO Y ALCANCE DE LA LEY
Art.
1.
- La presente ley garantiza el derecho de todos los habitantes del país a la educación.
Regula, en...
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La Ley 66-97
La Ley 66-97 obliga al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional a la asignación en el
Presupuesto Nacional
DEL OBJETO Y ALCANCE DE LA LEY
Art.
1.
- La presente ley garantiza el derecho de todos los habitantes del país a la educación.
Regula, en el campo educativo, la labor del Estado y de sus organismos descentralizados y la de
los particulares que recibieren autorización o reconocimiento oficial a los estudios que imparten.
Esta ley, además, encauza la participación de los distintos sectores en el proceso educativo
nacional.
Párrafo.
- Los asuntos específicos relacionados con la Educación Superior de leyes especiales,
complementarias a la presente ley.
Art.
2.
- A partir de la promulgación de la presente ley la Secretaría de Estado de Educación, Bellas
Artes y Cultos se denominará Secretaría de Estado de Educación y Cultura.
Art.
3.
- Esta ley regula las atribuciones de la Secretaría de Estado de Educación y Cultura como
representante del Estado en materia de la edu
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