Las Cargas Procesales
La carga de la prueba se distingue de los deberes jurídicos ya que no constituye en sí una obligación ni un
deber, no hay sino un solo sujeto pasivo de la carga, sin que exista sujeto activo, como en el caso de las
obligaciones o de...
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Las Cargas Procesales
La carga de la prueba se distingue de los deberes jurídicos ya que no constituye en sí una obligación ni un
deber, no hay sino un solo sujeto pasivo de la carga, sin que exista sujeto activo, como en el caso de las
obligaciones o de los deberes jurídicos; mas sin embargo la doctrina moderna y en esto es seguida por
algunas legislaciones, ya que considera conveniente desde el punto de vista normativo, la formulación de
un de un precepto jurídico que eleve a la categoría de deber jurídico, el deber moral de decir la verdad.
Sin embargo es de vitar importancia considerar la carga de la prueba desde el punto de vista del Juez y de
las partes; ya que para el Juez es un problema a resolver en el momento de la sentencia, porque
habiéndose alegado un hecho por cualquiera de las partes, y no existiendo pruebas de él en el proceso, le
tocará resolver a quién de ellas perjudica la circunstancia de no haber probado.
Otro de los problemas de carga de la prueba está en la afi
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