NORMATIVA DE IMPORTACIÓN
Inscripción de los importadores en el Ministerio de Salud.
Todos los importadores de bebidas alcohólicas deberán inscribirse en el Ministerio
de Salud.
Corresponde al Ministerio de Comercio Exterior a través del INSTITUTO
COLOMBIANO...
More
NORMATIVA DE IMPORTACIÓN
Inscripción de los importadores en el Ministerio de Salud.
Todos los importadores de bebidas alcohólicas deberán inscribirse en el Ministerio
de Salud.
Corresponde al Ministerio de Comercio Exterior a través del INSTITUTO
COLOMBIANO DE COMERCIO EXTERIOR (INCOMEX), la función de verificar el
cumplimiento de los requisitos sanitarios para la aprobación de los formularios
oficiales de Registro de Importación para Alimentos que hayan obtenido Registro
Sanitario del Ministerio de Salud, conforme a las normas legales vigentes y de
impartir el Visto Bueno respectivo.
El organismo revisará y verificará en el formulario oficial de Registro de
Importación los
siguientes aspectos:
a. Que al formulario de importación se anexe copia auténtica del Registro Sanitario
expedido por el Ministerio de Salud para cada uno de los productos alimenticios
procesados o elaborados y terminados en el exterior, en la modalidad de
IMPORTAR y VENDER.
b. Que el nombre de los alimentos a impor
Less