Ley Orgánica para la Protección del Niño y del
Adolecente
Gaceta Oficial N° 5.
266 Extraordinario de fecha 2 de octubre de 1998
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA
DECRETA
la siguiente,
LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
TITULO...
More
Ley Orgánica para la Protección del Niño y del
Adolecente
Gaceta Oficial N° 5.
266 Extraordinario de fecha 2 de octubre de 1998
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA
DECRETA
la siguiente,
LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
TITULO I
Disposiciones Directivas
Artículo 1°.
Objeto.
Esta Ley tiene por objeto garantizar a todos los niños y
adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute
pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que
el Estado, la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento de su
concepción.
Artículo 2°.
Definición de Niño y de Adolescente.
Se entiende por niño toda persona
con menos de doce años de edad.
Se entiende por adolescente toda persona con
doce años o más y menos de dieciocho años de edad.
Si existieren dudas acerca de si una persona es niño o adolescente se le presumirá
niño hasta prueba en contrario.
Si existieren dudas acerca de sí una person
Less