RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 534/2011
La Paz, 15 de septiembre de 2011
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 77 de la Constitución Política del Estado, señala
que la educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera...
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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 534/2011
La Paz, 15 de septiembre de 2011
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 77 de la Constitución Política del Estado, señala
que la educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del
Estado, que tiene la función indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla.
Que el Artículo 82 de la misma Norma Constitucional, establece que el Estado
garantizará el acceso a la educación y la permanencia de todas las ciudadanas y los
ciudadanos en condiciones de plena igualdad.
Que el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009 de
Organización del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, señala las atribuciones del
Ministro de Educación, entre otras, desarrollar políticas de educación científica, técnica
tecnológica y productiva y promover el desarrollo de la ciencia, tecnología, investigación e
innovación en el sistema educativo.
Que el Decreto Supremo N° 0357 de 18 de noviembre de 2009,
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