Viceconsejería de Educación.
Inspección General de Educación.
GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y VISITAS A LOS ALUMNOS
POR PARTE DE SUS PADRES NO CUSTODIOS Y NO
PRIVADOS DE LA PATRIA POTESTAD
I- CONSIDERACIONES JURÍDICAS:
Cualquier consideración sobre la...
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Viceconsejería de Educación.
Inspección General de Educación.
GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y VISITAS A LOS ALUMNOS
POR PARTE DE SUS PADRES NO CUSTODIOS Y NO
PRIVADOS DE LA PATRIA POTESTAD
I- CONSIDERACIONES JURÍDICAS:
Cualquier consideración sobre la información transmisible a los progenitores, así como
la comunicación con sus hijos en horario escolar, debe partir de la diferenciación entre
dos conceptos que a menudo se confunden, como son el concepto de patria potestad y el
de guardia y custodia.
Ambas atribuciones se le confieren a los padres de un niño en virtud de la obligación de
velar por ellos y tenerlos en su compañía que establece el Código Civil.
No obstante, en
los casos en los que existe separación judicial o de hecho, los padres optan o se ven
sometidos a un régimen de custodia y patria potestad contractual o judicialmente
determinado.
Guardia y Custodia: La custodia es el cuidado ordinario de los hijos, implicando las
decisiones del día a día de la crianza del niño.
El Có
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