Sector de Seguridad Privada
JORNADA LABORAL
UNA SEGUNDA APROXIMACION
1
27-09-2013
Como continuación a nuestro escrito de 6-6-2013, emitimos las siguientes
consideraciones sobre la JORNADA LABORAL, con la intención de seguir analizando
cuestiones que...
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Sector de Seguridad Privada
JORNADA LABORAL
UNA SEGUNDA APROXIMACION
1
27-09-2013
Como continuación a nuestro escrito de 6-6-2013, emitimos las siguientes
consideraciones sobre la JORNADA LABORAL, con la intención de seguir analizando
cuestiones que iluminen el debate entre los trabajadores del sector y poder confrontar
nuestros argumentos con quien desee rebatirlos desde ángulos distintos.
En primer lugar vamos a reseñar las sucesivas redacciones que ha tenido el art.
34.
2 del ET.
1.
Cuando se aprobó el vigente ET, la redacción de este precepto era la siguiente:
"Mediante convenio colectivo, o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los
representantes de los trabajadores, se podrá establecer la distribución irregular de la
jornada a lo largo del año.
Dicha distribución deberá respetar en todo caso los períodos
mínimos de descanso diario y semanal previstos en esta Ley".
2.
El art.
9 del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero , modificó este precepto:
"Mediante conve
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