1
LEY DEL SERVICIO CIVIL DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE CHIAPAS
Titulo Primero
Capitulo Único
Generalidades
(REFORMADO, P.
O.
30 DE MAYO DE 2007)
Artículo 1.
- La presente ley es de orden publico, observancia general e interés social, tiene
por objeto...
More
1
LEY DEL SERVICIO CIVIL DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE CHIAPAS
Titulo Primero
Capitulo Único
Generalidades
(REFORMADO, P.
O.
30 DE MAYO DE 2007)
Artículo 1.
- La presente ley es de orden publico, observancia general e interés social, tiene
por objeto regular las relaciones laborales entre los trabajadores y los titulares de las
dependencias u órganos que integran los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, los
municipios y aquellos órganos autónomos constitucionales, desconcentrados y auxiliares,
asociaciones y empresas de participación estatal o municipal, que por disposición de ley,
decretos, reglamentos o convenios señalen su ámbito de aplicación.
Los principios consignados en esta ley, tienen su fundamento en los artículos 115, fracción
VIII, 116, fracción VI, y 123, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y 62, de la Constitución Política del Estado de Chiapas.
El reglamento de esta ley, deberá contener los principios a que alude el párrafo
Less