LEGISLACIÓN PRICIPAL
1- General:
-1.
1) Constitución Española, Art.
9.
2, Corresponde a los Poderes
Públicos Promover las condiciones para que la Libertad y la Igualdad
de las personas sean reales y efectivas, Removiendo los Obstáculos
que impidan o...
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LEGISLACIÓN PRICIPAL
1- General:
-1.
1) Constitución Española, Art.
9.
2, Corresponde a los Poderes
Públicos Promover las condiciones para que la Libertad y la Igualdad
de las personas sean reales y efectivas, Removiendo los Obstáculos
que impidan o dificulten su plenitud y Facilitando su Participación en la
vida política, cultural y social;
http://noticias.
juridicas.
com/base_datos/Admin/constitucion.
tp.
html
-1.
2) Constitución Española, Art.
10, derechos y deberes
fundamentales que establece la dignidad de la persona;
http://noticias.
juridicas.
com/base_datos/Admin/constitucion.
t1.
html
-1.
3) Constitución Española, Art.
14, Igualdad ante la Ley sin
discriminación alguna;
http://noticias.
juridicas.
com/base_datos/Admin/constitucion.
t1.
html
-1.
4) Carta Magna, art.
49, refiriéndose a las personas con
discapacidad, ordena a los poderes públicos que presten la atención
especializada que requieran y el amparo especial para el disfrute de
sus derechos;
http://www.
der.
uva.
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