Dando cumplimiento al decreto N° 3.
390, en su artículo 7.
El Ministerio de Ciencia y Tecnología será el responsable de proveer la
Distribución de Software Libre Desarrollado con Estándares Abiertos para el
Estado Venezolano, para lo cual implementará los...
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Dando cumplimiento al decreto N° 3.
390, en su artículo 7.
El Ministerio de Ciencia y Tecnología será el responsable de proveer la
Distribución de Software Libre Desarrollado con Estándares Abiertos para el
Estado Venezolano, para lo cual implementará los mecanismos que se requiera.
Ley Orgánica de la administración Pública (Artículo 12°)
¿Por qué debe hacerse?
Gaceta Oficial 39.
633
- Canaima GNU/Linux como sistema operativo de la APN.
- Lineamientos de accesibilidad en portales Web de la APN.
- Requisitos para la prestación de servicios de facilitadores comunitarios.
Marco legal
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