MANUAL DE CONVIVENCIA
El Manual de Convivencia de las instituciones educativas tienen un fundamento legal dando
cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 (Ley general de Educación)
que dicen:
Artículo 73º.
-Proyecto...
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MANUAL DE CONVIVENCIA
El Manual de Convivencia de las instituciones educativas tienen un fundamento legal dando
cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 (Ley general de Educación)
que dicen:
Artículo 73º.
-Proyecto educativo institucional.
Con el fin de lograr la formación integral del educando,
cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un Proyecto Educativo
Institucional en el que se especifiquen entre otros aspectos, los principios y fines del establecimiento,
los recursos docentes didácticos disponibles y necesarios, la estrategia pedagógica, el reglamento
para docentes y estudiantes y el sistema de gestión, todo ello encaminado a cumplir con las
disposiciones de la presente Ley y sus reglamentos.
Artículo 87º.
- Reglamento o manual de convivencia.
Los establecimientos educativos tendrán un
reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los
estudiantes.
Los padr
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