Ley 3122 - Estatuto del Docente Provincial
San Fernando del Valle de Catamarca, 16 de Agosto de 1976.
SEÑOR GOBERNADOR:
Consciente de la imperiosa necesidad de contar con los cuerpos legales
adecuados para lograr un eficaz ordenamiento en el quehacer...
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Ley 3122 - Estatuto del Docente Provincial
San Fernando del Valle de Catamarca, 16 de Agosto de 1976.
SEÑOR GOBERNADOR:
Consciente de la imperiosa necesidad de contar con los cuerpos legales
adecuados para lograr un eficaz ordenamiento en el quehacer educativo de la
Provincia, este Ministerio dispuso que la Subsecretaria de Educación y el Jefe del
Departamento de Asesoramiento y Legislación de Fiscalía de Estado, procedieran
a actualizar el Estatuto del Docente, ya que el mismo, sancionado por ley 1852,
constituye un vetusto ordenamiento jurídico de imposible aplicación pues no
contempla la solución de los múltiples problemas que se deben afrontar en los
distintos niveles de la enseñanza.
Se estableció asimismo que los lineamientos generales de la labor encomendada
se ajustaran a las disposiciones contenidas en el Estatuto del Docente Nacional,
adecuando sus normas a las estructuras, características y modalidades
imperantes en el ámbito de la Provincia, en procura de un dispositivo i
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