CONTRATOS DE CUENTAS EN PARTICIPACIÓN
1.
Fundamento Legal.
Los Contratos de cuentas en participación se encuentran regulados en el Código de
Comercio de la siguiente manera:
Artículo 507.
Definición de cuentas en participación.
La participación es un...
More
CONTRATOS DE CUENTAS EN PARTICIPACIÓN
1.
Fundamento Legal.
Los Contratos de cuentas en participación se encuentran regulados en el Código de
Comercio de la siguiente manera:
Artículo 507.
Definición de cuentas en participación.
La participación es un contrato por el cual dos o más personas que tienen la
calidad de comerciantes toman interés en una o varias operaciones
mercantiles determinadas, que deberá ejecutar uno de ellos en su solo nombre
y bajo su crédito personal, con cargo de rendir cuenta y dividir con sus partícipes
las ganancias o pérdidas en la proporción convenida.
(Negrillas Fuera del Texto).
Artículo 508.
Ausencia de solemnidades.
La participación no estará sujeta en cuanto a su formación a las solemnidades
prescritas para la constitución de las compañías mercantiles.
El objeto, la forma, el interés y las demás condiciones se regirán por el acuerdo de
los partícipes.
Artículo 509.
Carencia de personería jurídica.
La participación no constituirá una persona ju
Less