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COMUNICADO
DESPACHO DEL MAGISTRADO EDUARDO ANTONIO URQUILLA
EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL NO TIENE COMPETENCIA EN
EL CASO RODRIGO SAMAYOA
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha rechazado la petición del señor Rodrigo Samayoa
Rivas de ordenar su...
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COMUNICADO
DESPACHO DEL MAGISTRADO EDUARDO ANTONIO URQUILLA
EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL NO TIENE COMPETENCIA EN
EL CASO RODRIGO SAMAYOA
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha rechazado la petición del señor Rodrigo Samayoa
Rivas de ordenar su reintegro en la Asamblea Legislativa, debido a que emitir tal orden de
reincorporación no es competencia que le corresponda al TSE.
Tras el archivo provisional de su expediente por parte del Juzgado Tercero de Paz de Santa
Tecla, el señor Samayoa Rivas presentó un escrito por el cual pedía al TSE que ordenara a la
Asamblea Legislativa reinstalarlo en su cargo de diputado.
Sin embargo, como se indica en
la Constitución (art.
208), no es competencia del TSE conocer y pronunciarse en asuntos de
materia parlamentaria, como tampoco lo es controlar los actos relativos al quehacer
parlamentario.
Los entes responsables y con capacidad para conocer tales materias son, por
un lado, la Asamblea Legislativa y, por otro, cuando se está ante una pos
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